Ayer, con 50 votos, los diputados avalaron reformas al Código Electoral en el sentido de posibilitar el ejercicio al derecho al sufragio pasivo de los salvadoreños en el exterior. Con la aprobación se reformaron los artículos 143, 160 y 165 de la referida normativa.
La decisión se tomó con base en la sentencia de la Sala de lo Constitucional referente a la regulación del voto pasivo en los comicios legislativos y municipales de los salvadoreños con domicilio en el exterior. Con ello, se abre la posibilidad para que se postulen e inscriban como candidatos en dichos procesos de elección popular para el año 2024.
De acuerdo a la modificación del artículo 143, donde se incorporó un inciso quinto, «todo salvadoreño o salvadoreña con domicilio en el exterior deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución y las leyes pertinentes para postularse a una diputación a la Asamblea Legislativa y para postularse a miembro de los concejos municipales, en el caso de resultar electo deberá ejercer de manera presencial sus funciones inherentes al cargo, las cuales son indelegables».
Por su parte, la reforma al artículo 160 indica que “la solicitud de inscripción de planillas o candidaturas no partidarias y todos los documentos necesarios se presentarán al Tribunal, dentro del período de inscripción”.
Sobre el artículo 165, se añadió un inciso final que señala que los “mismos requisitos que se aplican en el caso de las candidaturas a diputación, establecidas en el artículo 160, serán aplicables a las candidaturas a miembros de concejos municipales cuando se refiera a salvadoreños en el exterior”.