La Sala de lo Constitucional declaró hoy la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, aprobada en 1993, por violación al artículo 2 inciso primero 1 y 3; y artículo 144, inciso segundo de la Constitución de la República, y contravenir la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, relativo a la protección de víctimas.
Además, se estipula que no existe que “debe entenderse que la amnistía sigue siendo aplicable y continuará favoreciendo a quienes no hayan participado en hechos que constituyan crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones a Derechos Humanos.
La sentencia fue firmada por los magistrados Sidney Blanco, Florentín Meléndez, Rodolfo González y Eliseo Ortiz. Mientras el magistrado Belarmino Jaime dio su voto disidente.
La sentencia y el voto disidente serán publicados una vez se informen a las partes.
Lea comunicado de la sentencia: