Con el objetivo de continuar respaldando la educación de la niñez en El Salvador, los diputados han aprobado, con un respaldo de 64 votos, modificaciones a la Ley Crecer Juntos. Estas enmiendas incluyen una nueva modalidad que permitirá a los empleadores proporcionar a los trabajadores con hijos, desde los primeros meses de vida hasta los cuatro años, una suma de dinero para cubrir los servicios de un Centro de Atención a la Primera Infancia (CAPI).
Esto significa que, con la aprobación de estas reformas, los padres tendrán la libertad de seleccionar el establecimiento que consideren más adecuado para el cuidado de sus hijos, sin restricciones sobre su ubicación en relación con la empresa o la institución empleadora.
La legislación actual, establecida en el artículo 137, presenta únicamente tres opciones en cuanto a los espacios de estimulación y educación inicial para la niñez. Estas son: que los empleadores instalen y mantengan CAPI en un lugar independiente dentro del mismo municipio donde se ubica el lugar de trabajo; que instalen y mantengan centros comunes costeados por varios empleadores en el mismo municipio donde se ubiquen los lugares de trabajo; o mediante la contratación de servicios independientes ofrecidos por un CAPI debidamente autorizado para su funcionamiento, ubicado en la misma área geográfica del centro de trabajo.
El dictamen positivo para realizar estas modificaciones en la ley fue emitido por la Comisión de Familia, la cual, como parte del análisis de la iniciativa, consideró la opinión técnica de funcionarias del Instituto Crecer Juntos y del Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA).