La Asamblea Legislativa aprobó con 57 votos la Ley del Registro del Estado Familiar, la cual establece la creación del Sistema de Registro del Estado Familiar. Este sistema, que será gestionado por el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), permitirá consignar, registrar, conservar y certificar toda la información relacionada con los hechos del estado familiar de las personas naturales.
La normativa introduce la obligatoriedad de realizar inscripciones en línea mediante el Sistema de Registro de Estados Vitales y Familiares (REVFA). Además, se creará un expediente digital vinculado al DUI o número de identificación, implementando el uso de la firma electrónica y códigos QR para verificar los servicios.
Este nuevo sistema agilizará los trámites y preservará la información que durante años se ha recopilado en libros, muchos de los cuales ya muestran deterioro por el paso del tiempo. Asimismo, permitirá asesorar, inspeccionar y controlar los registros del estado familiar a través de inspecciones técnicas en las oficinas correspondientes.
En el Registro del Estado Familiar se inscribirán nacimientos, matrimonios, uniones no matrimoniales, defunciones, nacionalización o naturalización, así como otros hechos o actos jurídicos relacionados con las personas naturales.