La reforma permitirá que personas con dicho estado civil pasen a soltero en el DUI.
Ricardo Larín
Diputados aprobaron ayer reformas al artículo 186 del Código de Familia y el artículo 22 de la Ley del Nombre de la Persona Natural para suprimir los estados civiles divorciado/a y viudo/a del Documento Único de Identidad (DUI).
Con ello, las personas que hayan finalizado su matrimonio o que su cónyuge haya fallecido ya no tendrán esos estados familiares en su documento de identidad, y automáticamente será de soltero o soltera.
La modificación implica tanto para hombre y para la mujer. No obstante, en el caso de las personas cuyo estado familiar sea viudo o viuda, quedará a opción de la mujer si quiere colocarse el “viuda de”, o simplemente, continuar con el apellido de soltera o utilizar el apellido del cónyuge fallecido.
La reforma propuesta por la Comisión de la Mujer se logró con 72 votos de los diputados.