Por unanimidad, los magistrados de la Sala de lo Constitucional admitieron este día una demanda de inconstitucionalidad contra la recién aprobada Ley de Probidad, luego que el jueves de la semana pasada, el Equipo Gestor presentara dicha solicitud.
Además, la Sala emitió como medida cautelar, suspender provisional la entrada en vigencia de dicha normativa, y quedará en vigencia la Ley de Enriquecimiento ilícito, que data de 1959.
En su resolución, la Sala pide además a los diputados, expliquen si se ha vulnerado por omisión el artículo 240, inciso 1 y 4 de la Constitución de la República, para lo cual, da 10 días al congreso para que lo explique.
La Sala considera que hay una omisión por parte del legislador sobre la Probidad de funcionarios, así como la eliminación del juicio civil para sancionar el enriquecimiento ilícito.
La sentencia también contempla la posible vulneración al artículo 144 inciso 2 de la Constitución de la República, respecto a la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción.