La Asamblea aprobó con 57 votos tres reformas a los artículos 9, 10 y 11 de la Ley Especial para la Regularización de Lotificaciones y Parcelaciones para Uso Habitacional en su última sesión plenaria, celebrada el martes pasado. Estas enmiendas tienen como objetivo modificar las disposiciones jurídicas que establecen los requisitos y procedimientos necesarios para la regularización de lotificaciones habitacionales, facilitando la aplicación de dicha ley.
La reforma al artículo 9, en sus incisos primero y tercero, simplifica los requisitos del procedimiento para la regularización de lotificaciones o parcelaciones de uso habitacional. Según la nueva normativa, el Ministerio de Vivienda, en su calidad de ente rector en materia de vivienda y desarrollo urbano, y en su rol de vigilancia, podrá -previo análisis de cada caso en particular- de oficio o por requerimiento del interesado, solicitar a un desarrollador parcelario que someta una lotificación a las disposiciones de la ley. Actualmente, se requiere comprobar la inscripción de lotes en el Centro Nacional de Registro (CNR) y que la suma de la lotificación no sea inferior al 25 % de los lotes que la conforman. La reforma elimina el porcentaje mínimo y permite que el proceso de regularización se estudie de forma aislada para cada caso.
El artículo 10 también fue reformado para ampliar los plazos hasta 24 meses, permitiendo a los desarrolladores parcelarios inscribir y legalizar sus lotificaciones en el CNR. La diputada de Nuevas Ideas, Lorena Fuentes, destacó que estas reformas se suman a la gran reforma realizada en la legislatura pasada, que busca que los lotificadores que estafen a la ciudadanía enfrenten consecuencias legales.
«Esto es una muestra del compromiso que tenemos como legisladores de velar por el bienestar del pueblo salvadoreño», agregó Fuentes.