La autorización de los donantes ya no será requisito para que los partidos políticos revelen el origen de su financiamiento, así lo ordena la Sala de lo Constitucional, que incluye que el solicitante tampoco estará obligado a explicar el motivo por el cual requiere la información.
Con esta acción los magistrados inhabilitan el recurso de salvaguarda que los diputados crearon con la reforma a la Ley de Partidos Políticos en octubre de 2014, y que protegía revelar el origen de las donaciones.
La reforma avalada establecía que el nombre y el monto de personas o empresas que hacen donaciones a los partidos se revelen solo cuando el financista lo autorice y previa justificación del demandante del porqué pide los datos. La reforma fue aprobada con los votos de ARENA y FMLN.
Los legisladores defendieron ese candado puesto a la reforma en que se estaba vulnerando el derecho de “intimidad» de los donantes, además, argumentaron que el revelar sus datos revelaba su convicción política y podría generarles consecuencia negativas.
“La solicitud de información, vinculada al financiamiento de los partidos políticos, no podrá estar condicionada a la autorización de los donantes y no será necesario que el solicitante de la información haga explícita la finalidad o tratamiento que dará a los datos que se le faciliten», reza la sentencia de la Sala de lo Constitucional”, firmada por los magistrados Belarmino Jaime, Rodolfo González Bonilla, Florentín Meléndez y Sidney Blanco.
De esta forma la Sala declaró que tiene por no cumplida la sentencia emitida en el proceso de inconstitucionalidad por la cual se impuso a la Asamblea Legislativa la obligación de aprobar reformas mediante la cual se diera cumplimiento al derecho de acceso a la información y de los principios de transparencia y de democracia interna de los partidos políticos.