En la pasada sesión de la Comisión de Justicia, los diputados aprobaron reformar la Ley de Ocursos de Gracia. La modificación se refiere a lo estipulado en el artículo 13, que se refiere a los delitos por los cuales una persona puede pedir que se le perdone la pena impuesta.
Rebeca Santos, quien comanda la referida mesa legislativa, explicó que por medio de estas modificaciones no podrán pedir indulto quienes hayan sido condenados por «delitos acreditados a grupos terroristas y agrupaciones criminales».
Santos agregó que tampoco podrán solicitar el perdón quienes hayan sido condenados por «feminicidio, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, los condenados por delitos contemplados en la Ley Especial contra la Trata de Personas, la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas y la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos”.