viernes, 29 de marzo de 2024
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  • 30
  • Ene 2017
Asamblea Legislativa

ARENA propone ley para asignar fondos del presupuesto a ONG

El tricolor pide se regulen procedimientos del Estado para otorgar fondos públicos a entidades no gubernamentales.

Ricardo Larín

El diputado de ARENA René Portillo Cuadra solicitó hoy la creación de la ley para la asignación de fondos públicos a entidades no gubernamentales, sin fines de lucro, para actividades de desarrollo social.

Dicha normativa busca fiscalizar la entrega de fondos públicos a entidades no gubernamentales que año con año se realiza en la distribución del presupuesto general de la nación, donde la discrecionalidad manejada ha sido criticada por diversos sectores de la sociedad civil.

«Con esta propuesta se busca regular el otorgamiento y ejecución de fondos públicos a las ONG. Ni las instituciones ni el Estado están facultados por ley para otorgar estos fondos», dijo el parlamentario tricolor.


Portillo Cuadra aseguró que «la propuesta busca evitar la discrecionalidad de los fondos públicos otorgados por ministros a entidades no gubernamentales, fondos que provienen del Presupuesto General de la Nación».


En el presupuesto 2017 se contempló la erogación de $22.5 millones a entidades no gubernamentales. En muchas de ellas aparecen entidades cuyos representantes o miembros son, o han sido, diputados de la Asamblea Legislativa o ligados a militancia de partidos políticos.

«Hay tres aspectos novedosos dentro de esta ley: primero la obligación de la Corte de Cuentas para auditar estos fondos; segundo, que lo que se financia no son ONG, sino proyectos concursables, donde existirán criterios para darles financiamiento; y por último, existirá responsabilidad penal, civil y administrativa para aquellos miembros de ONG que no cumplan con el convenio firmado», detalló Portillo Cuadra.

La iniciativa, además, pide evitar que se postulen para fondos públicos las personas jurídicas vinculadas a partidos políticos y el perfil de los sujetos a financiamiento será considerado entre rubros como educación, capacitación y alfabetización; emprendedurismo y formación de competencias; salud; medio ambiente; género; vivienda; promoción de derechos humanos y cultura de paz; y acceso a la justicia y al deporte.

Sin embargo, el artículo 195 de la Constitución, ordinales 1, 2 y 4, ya contempla la fiscalización de fondos que provienen del erario público, o que reciban subvención o subsidio del mismo, por lo que sería de estricto orden constitucional que la Corte de Cuentas de la República fiscalice los fondos otorgados dentro del presupuesto de la nación.