martes, 16 de abril de 2024
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  • 18
  • Feb 2016
Asamblea Legislativa

Custodios no serán recluidos junto a pandilleros

Una reforma al artículo 323 A del Código Procesal Penal aprobada por los diputados, durante la sesión plenaria, permitirá que tanto custodios de centros penales, personal de resguardo de menores, personal administrativo de la Policía Nacional Civil, agentes oficiales y militares en servicio que se vean en necesidad de defenderse de ataques delincuenciales, no sean recluidos en celdas que aprisionen a miembros de pandillas.

Esta disposición se encuentra vigente desde 2014, pero contemplaba únicamente agentes policiales y militares que en días de licencia se vean en necesidad de defenderse de ataques delincuenciales.

De acuerdo al dictamen aprobado se estable que “permanecerán en resguardo en las unidades policiales o militares que al efecto hayan sido designados bajo responsabilidad de los jefes correspondientes”.

La reforma fue avalada con 80 votos y señala la necesidad de mejorar  las condiciones especiales de resguardo para el personal de seguridad pues constantemente sufren ataques por la naturaleza de sus trabajos o por el hecho de ser parte de una institución de seguridad.

Al respecto, el diputado Guillermo Gallegos, aseguró que esta medida «garantiza que un oficial utilice su arma de equipo en legítima defensa, porque no irá a una cárcel común, con delincuentes».

Mientras, la diputada del FMLN, Jackeline Rivera destacó que «esta disposición solo beneficiará a quienes hieran a una persona en legítima defensa, no así para quienes cometan un delito que no esté justificado en la reforma».