La Asamblea se apresta a elegir cinco nuevos magistrados en el máximo tribunal de justicia; en una elección donde los diputados tienen que certificar la idoneidad de los nuevos funcionarios y no solamente reducirlo a un acto de reparto de cuotas partidarias, como en algunas elecciones de segundo grado.
De los 30 aspirantes, 10 buscan ocupar una plaza en las tres salas: la Contencioso Administrativo; la Penal, y la Civil. Por ahora la Sala de lo Constitucional seguirá con la misma conformación durante los próximos tres años.
Los diputados deben revisar los atestados de los abogados, verificar su formación académica, su trayectoria, pero sobre todo si existen vínculos de pertenencia o materiales con los partidos políticos.
Dafne Sánchez busca que la Asamblea la elija para un cargo. Asegura poseer las credenciales y la independencia requerida para garantizar impartir justicia para los ciudadanos.
Curul 85: ¿Porque es usted un candidato idóneo para ocupar un espacio en la Sala de lo Contencioso Administrativo; posee las credenciales académica y profesionales, y sobre son suficientes sus atestados para ocupar un cargo de esta naturaleza?
DSM: Debo mencionar que son 4 factores importantes los que me hacen estar en una situación idónea para optar al cargo de magistrada en la CSJ, especialmente en la Sala de lo Contencioso Administrativo.
Primero mi experiencia, yo he trabajado tanto en el Órgano Judicial como en la administración pública, he sido redactora de instrumentos jurídicos en Derecho Administrativo; y me he desempeñado también como asesora y consultora desde 2011 a la fecha, siempre en las áreas del Derecho Administrativo- Constitucional. En el Órgano judicial comencé en el Juzgado Primero de lo Civil luego pase al Segundo de lo Mercantil durante cinco años en total en estos dos tribunales, luego pase a la Sala de lo Contencioso Administrativo donde me desempeñe durante 12 años, y un dato importante es que llegué en 1989, en esa época la sala hizo un verdadero esfuerzo por crear un verdadero Derecho Administrativo salvadoreño, por ir sentado jurisprudencia que aclarara los conceptos básicos del Derecho Administrativo en El Salvador.
Me desempeñé como asesora de la Secretaría para Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia de la República desde 2004 hasta 2011.
El Derecho Administrativo en el país es una rama de reciente desarrollo, al igual que el Derecho Constitucional; habrá sido hace algunos 26 o 27 años que se comenzó a dar realmente en las aulas universitarias un Derecho Administrativo aplicado a la situación propia de El Salvador; y la Sala comenzó a tratar de establecer en realidad cual era la materia del conocimiento de ese tribunal. Me constituí en pionera, fui de las primeras personas que comenzaron a impulsar este movimiento tanto desde la Sala de lo Contencioso como de las universidades; y también preparando instrumentos jurídicos que ayudaran a avanzar tanto en el Derecho Administrativo en El Salvador, como al país hacia un verdadero Estado de Derecho.
También he sido docente, desde la UCA comenzamos dando un Derecho Administrativo más acercado a la realidad salvadoreña; también di clases de Derecho Administrativo en la Escuela de Capacitación Judicial. En la UCA, comencé en el año 1993 y me precedió un profesor de nacionalidad española con quien trabajamos un año el anteproyecto de ley de Procedimientos Administrativos, fue casi para mí una especialización en Derecho Administrativo durante todo ese año. Preparamos, un anteproyecto de Ley de procedimientos administrativos en 1993 que fue presentado como iniciativa de ley a la Asamblea Legislativa en 1994, y, si bien no avanzó en el proceso de formación de ley, tanto proyecto, como la exposición de motivos, se convirtieron en un documento de Derecho Administrativo salvadoreño que ha constituido un respaldo enorme para que tanto funcionarios como profesores y estudiantes, comprendieran los conceptos del Derecho Administrativo y ha sido un instrumento clave en el desarrollo del Derecho Administrativo en El Salvador; ese proyecto se retomó y revisó en las dos administraciones anteriores: en la del presidente Saca, y en la del presidente Funes; yo formé parte de esas comisiones en representación de la Secretaria para Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia de la República; y el año pasado se hizo la última revisión. Esta última versión se lanzó en diciembre, en el segundo congreso internacional de Derecho Administrativo y está en manos del Órgano Ejecutivo que lo está revisando y esperamos que ahora con este último impulso que se esté dando sí se llegue a adoptar como ley de la República.
Imagine la trascendencia de la ley de procedimientos administrativos; esta ley vendría a regular a toda la administración pública salvadoreña, que la conforman el órgano ejecutivo, con todos sus ministerios, direcciones generales, presidente y vicepresidente de la República, instituciones autónomas, todas las municipalidades, cualquier otro órgano del Estado, como el TSE, y órganos legislativo y judicial en cuanto excepcionalmente realizan función administrativa; esto último quiere decir, por ejemplo, que a dicha ley quedaría sujeta la Asamblea Legislativa cuando sigue procedimientos de contratación al igual que la Corte Suprema de Justicia, también aplican Derecho Administrativo cuando imponen sanciones. Entonces esta ley regiría toda la vida institucional del país. Al no tener este instrumento, carecemos de una ley que desarrolle los principios constitucionales aplicables a la administración pública, que son los que aclaran el cauce por el que tiene que caminar la administración pública; estamos a ciegas, tenemos una cantidad de leyes especiales dispersas, todas con diferentes plazos, diferentes tipos de recursos; diferentes tiempo para interponer los recursos, tenemos una dispersión legislativo, pero no están regulados, con carácter general, aspectos fundamentales que rigen en toda la administración púbica. Por ejemplo no tenemos un instrumento que nos desarrolle cuales son los derechos de los administrados, en qué consiste el principio de legalidad, cuáles son sus alcances; tenemos un vacío enorme, que se advierte desde aspectos básicos, por ejemplo no hay una norma de carácter general que diga cómo actuará la administración pública cuando un ciudadano presenta una solicitud y no cumple con los requisitos que la ley prevé, cómo debe actuar la administración pública: si tienen que prevenirle, si deben darle un plazo, cuál es ese plazo, o si se lo deben declarar inadmisible la solicitud, etc. Existe incertidumbre para el funcionario; aunque haya funcionarios de buena fe, que tienen la intención de actuar legalmente, no tenemos una ley que establezca claramente las pautas de actuación de la administración pública.
El Derecho Administrativo está presente en la vida diaria de los ciudadanos: es el que se encarga de la regulación de todas las autorizaciones, como el caso de las profesiones que requieren de la autorización de alguna autoridad para poder ejercer, la extensión de la licencia de conducir; la extensión del mismo DUI, la inscripción en el Padrón electoral, toda la materia relativa a servicios públicos, etc.
Desde 1989 no he cesado en la tarea de impulsar, desde donde he estado desempeñándome laboralmente: han sido 26 años de esfuerzo, procurando que El Salvador avance realmente en esta materia, ´porque es un elemento indispensable para que haya un verdadero Estado de Derecho.
Curul85: Después de lo Constitucional, observamos el desempeño de la Sala de lo Contencioso, principalmente porque queda la percepción que se contiene la justicia y existe una conducta de los magistrados por no resolver demandas contra el Estado?
DSM: No puede desconocerse que actualmente existe una mora considerable en la Sala de lo Contencioso Administrativo, en la tramitación y decisión de los expedientes, por lo que deben adoptarse medidas que contribuyan a superarla. Con relación a este tema, debo agregar que el año pasado se conformó una comisión en el seno de la Sala Contencioso Administrativo, de la que formo parte, la cual se ha encargado de revisar la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ya la Sala había trabajado algunas propuestas de reformas desde 2005, y tenemos ya un anteproyecto de Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Uno de los objetivos de la reforma, es acercar la administración de justicia a los ciudadanos. Usted sabe que en el país el único tribunal que conoce de esta materia es la Sala de lo Contencioso y le he dicho antes que hasta las municipalidades forman parte de la administración pública, eso quiere decir que sí un ciudadano de Morazán de los cantones más remotos tiene una inconformidad con relación a actuaciones de su concejo municipal debe venir a San Salvador a un tribunal que forma parte de la Corte, a la Sala de lo Contencioso Administrativo, y esto es una limitante para el derecho de acceso a la justica en esta materia; es necesario crear tribunales más cercanos a los ciudadanos. Cuando los ciudadanos están inconformes con el actuar de los funcionarios públicos y se dirigen a la Sala están contribuyendo para que este Tribunal se pronuncie sobre la legalidad de los actos de los funcionarios públicos, si se actuó conforme a derecho o cómo debió actuar, y que ordene la reparación del derecho a la persona; si no tenemos esa posibilidad de llegar al tribunal como vamos a colaborar para que la justicia avance en esta materia en El Salvador.
Entonces una de los objetivos de ese anteproyecto es prever la existencia de tribunales de lo contencioso administrativo, de primera instancia, por lo menos tres, uno en cada una de las regiones del país, y, al menos, una cámara de segunda instancia, y luego la Sala, con sus respectivas competencias; según el anteproyecto, se distribuye la competencia en razón de la cuantía y la materia, pero lo importante es acercar la justicia al ciudadano. Un segundo objetivo de la reforma, es agilizar el proceso, volverlo más expedito, más eficaz, introduciendo elementos de oralidad, porque según la ley actual, el proceso es escrito, y establece algunas fases del proceso que la práctica ha demostrado que son innecesarias, alargan el proceso y lo vuelven más complicado. Y el último objetivo es ampliar las materias de conocimiento de la sala, permitir una defensa más integral por parte del ciudadano. Ya está el anteproyecto listo y en este caso es la Corte Plena quien debe aprobarlo para presentarlo como iniciativa de ley a la Asamblea Legislativa.
Por otra parte, es importante que la Sala de lo Contencioso se acerque a los ciudadanos explicando los conceptos básicos del derecho administrativo, que las personas conozcan los principios básicos por los que se rige la administración pública, cuales son sus derechos; y que la sala de manera sistemática explique el alcance de sus decisiones, de forma sencilla para que las personas entiendan los criterios que la sala va sentando. Actualmente son pocos los abogados que conocen el derecho administrativo, es un patrimonio de pocos abogados y ya no se diga de la población en general; la gente debe conocer cuáles son sus derechos, cómo deben conducirse los funcionarios, cómo pueden reaccionar ante una conducta que ellos consideran ilegal, y puedan tener maneras de defenderse; una población educada exigirá una mayor calidad en el actuar de los funcionarios, y en la administración de justicia.
CURUL 85: Usted abordo el tema del presupuesto y cada ciclo presupuestario hay un intenso debate sobre el uso de este 6% para el órgano judicial, como se puede administrar estos recursos de forma que para los ciudadanos no sea costoso el acceso a la justicia.
DSM: En este caso específico tengo entendido que la CSJ tiene un presupuesto reservado para la creación de estos tribunales, solo se está esperando que se llegue a adoptar la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y que se adopten las otras reformas necesarias para la creación de los nuevos tribunales. Sobre todo porque la idea inicial era procurar que los dos proyectos avanzaran conjuntamente, pero ya la Corte tiene presupuesto asignado para la creación de estos tribunales; los magistrados están conscientes de la necesidad de la creación de los tribunales. Con estas reformas esperaríamos que aumente de una manera muy considerable el número de demandas que puedan presentar los ciudadanos ante la jurisdicción contencioso administrativa, porque en realidad creo que no llegan a la Sala el número de demandas que deberían llegar precisamente por esa inaccesibilidad a la justicia que se tiene en esta materia; las demandas serían conocidas por todos los tribunales, según el reparto de competencia previsto en el anteproyecto. En la medida que se vaya avanzando en el conocimiento del Derecho Administrativo tanto por parte de los ciudadanos, como por parte de los funcionarios, lo ideal sería que los funcionarios se vayan conduciendo por los cauces legales, y entonces las demandas deberían tender a disminuir.
Curul 85: Que transformaría en el órgano judicial, conociendo que sería un solo voto de 15 en corte plena, que se puede transformar en el Órgano Judicial?
DSM: Primero debo sumarme como un elemento que contribuya a la armonía y a logro de entendimiento entre los mismos magistrados de la corte; porque la corte en pleno tiene una serie de asuntos que conocer como tal, entre ellos, lo relativo a las resoluciones finales en materia de depuración judicial, o velar porque se administre pronta y cumplida justicia, la autorización y control de la abogacía y el notariado; entonces, de llegar a ser nombrada, debería constituirme en un elemento que ayude al entendimiento entre los magistrados, que permita un funcionamiento adecuado de la Corte en pleno. En lo relativo a la mora judicial, se puede echar anda un plan, cada sala tiene que fijarse objetivos, metas, tiempos, tiene que mantener datos actualizados acerca del rendimiento de cada empleado e incluso de cada magistrado, también es importante realizar una evaluación permanente de las metas alcanzadas, adoptar medidas correctivas en los casos que sean necesario, es trascendental oír también la opinión de los usuarios, llamarlos a reuniones o abrir espacios para que la gente se exprese sobre cómo perciben la administración de justicia y eso también da transparencia. Por otra parte también los proyectos que como sala tienen que firmarse tiene que hacerse esa labor reunidos los 4 magistrados, discutir en sala y si es posible firmar en sala. Es importante en la Sala de lo Contencioso, que se adopte un plan de acuerdo con los demás magistrados, comenzando por clasificar los expedientes, según autoridad demandada, por qué? Porque todas esas demandas es seguro tienen legislación común aplicable en cada caso, eso facilitaría mucho el trabajo; luego esos grupos de expedientes se asignarán a diferentes de colaboradores, quienes, como primera etapa deberán estudiar toda la legislación aplicable a esta autoridad demandada, y luego estudiar los expedientes, ya sería muy fácil la redacción de proyectos, y luego ya fijar tiempos a los colaboradores y a magistrados, yo creo que el objetivo se podría lograr si el trabajo fluye, se podría ir descargado esa mora que la Sala tiene. En cuanto a la depuración judicial, sabemos que existe una mora también, podemos aplicar los mismos criterios que ya le describía y además es importante impulsar reformas legislativas para que el procedimiento sea expedito, introducir los elementos de oralidad.